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martes, 14 de septiembre de 2010

Tutela

            Requisitos para ser tutor: ser varón, mayor de edad, física y mentalmente sano, con buena conducta y que no ejerza fundiciones del  privilegiadas Funciones del tutor: administrar los bienes del pupilo con el fin de conservarlos y de proveerle sus gastos y autorizar ciertos actos jurídicos como las deudas La tutela terminaba por o muerte, o capitis diminutio, o pubertad del pupilo, o mala conducta del tutor Tutela de impúberes, regia para los sui iuris menores de 12 o 14 años. De tutor se nombra o un agnado, o un fiduciario, o por testamento del padre, o por un magistrado. La tutela mulierum es la tutela de las mujeres. Inició porque la mujer no era heredera agnaticia, por lo cual heredaba su tutor, quien debía también defender a la madre. Después del Bajo Imperio fue reemplazada por la curatela que aplicaba sólo entre los 12 y 25 años. 

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